PROTOCOLO DE PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN FRENTE A LA
TRANSMISIÓN Y EL CONTAGIO DEL SARS-COV-2 PARA ENTIDADES
JUVENILES QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES DE OCIO EDUCATIVO Y
EDUCACIÓN NO FORMAL

INTRODUCCIÓN

La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación
de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19 a pandemia internacional.
La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la
adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Las
circunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin
precedentes y de enorme magnitud tanto por el elevado número de ciudadanos afectados
como por el extraordinario riesgo para sus derechos.

Las actividades de ocio educativo y educación no formal conllevan la promoción de
autonomía personal para la juventud y la infancia, constituyen un medio esencial para
favorecer la inclusión social y la promoción de la ciudadanía, teniendo en cuenta las
necesidades de potenciación de las políticas de igualdad, no-discriminación y promoción
de los derechos, con equilibrio y con equidad territorial. La Ley 15/2017, de 10 de
noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud, y la Ley 26/2018, de 21
de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y adolescencia,
reconocen el ocio educativo como un derecho de niñas, niños, adolescentes y jóvenes.

Las entidades de educación no formal valencianas conforman una red con más de 5.000
voluntarios y voluntarias acreditadas que dan apoyo a más de 35.000 niños, niñas y
adolescentes valencianas. Con este protocolo se pretenden marcar los procesos que
deberán seguir, para continuar con su tarea educativa, con todas las garantías de
protección y prevención.

Propósito: Hacer recomendaciones en relación a las medidas de protección y prevención
frente al SARS-CoV-2 para las entidades juveniles que desarrollan actividades de ocio
educativo y educación no formal, tanto en la acción educativa como en las actividades y
los servicios complementarios (reuniones, transporte, comedor, alojamiento).

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Las medidas se refieren a las entidades juveniles de educación no formal, sus
agrupaciones o centros, y todas las personas organizadoras o monitoras, participantes y
tutoras de participantes menores de edad en las dichas actividades.
Objetivo: Crear entornos de actividades juveniles de educación no formal saludables y
seguros en el contexto de la pandemia por COVID-19, a través de la aplicación de
medidas de promoción de la salud, protección y prevención adaptadas a los diferentes
escenarios.

Principios básicos de prevención: El conocimiento de los principios básicos de
prevención y la puesta en práctica de medidas coherentes en las actividades de ocio
educativo y educación no formal contribuye a que las entidades juveniles desarrollen su
actividad y contribuyen a frenar la transmisión del virus SARS-CoV-2.

A. INFORMACIÓN SOBRE EL SARS-CoV-2 Y LA COVID-19
Ante cualquier problema de salud y el manejo de este, todas las personas deberán
mantenerse informadas y adoptar las medidas de prevención individuales y
colectivas recomendadas. El conocimiento y la actuación coherente son, sin duda,
unos buenos aliados para mitigar la propagación de la COVID-19 y reducir las
posibilidades de contagio en la comunidad.

Es importante que las personas puedan comprender qué sucede y el papel que les
corresponde ejercer en estas circunstancias, tanto para protegerse como para
proteger a los demás.

Se deberán diseñar e implementar actividades de información y formación sobre
la COVID-19 y las medidas de protección, prevención y promoción de salud a las
personas monitoras encargadas de la animación juvenil y de apoyo (DAT, MAT,
personal de cocina, etc) Se deberá divulgar la información necesaria y las
medidas de protección, prevención y promoción de la salud a todas las personas
participantes, incluidas las familias.
Los contenidos básicos de estas acciones deberán abordar: los síntomas de la
enfermedad, como actuar ante la aparición de síntomas, medidas de distancia
interpersonal, higiene de manos y otras medidas de prevención personal, uso
adecuado de la mascarilla, interacción entre los seres humanos y el entorno,
fomento de la corresponsabilidad en la salud propia y la de los demás y prevención
del estigma.

Se deberá realizar un recordatorio al inicio de la actividad o de la jornada sobre las
medidas básicas hasta que se asuman las nuevas rutinas. Las personas
participantes deberán recibir una educación para la salud para posibilitar una
higiene correcta de manos y una higiene respiratoria y el uso adecuado de la
mascarilla.

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Se ha de pedir a las familias que se impliquen con la apelación a su responsabilidad
para evitar que los y las menores acudan a las actividades cuando presenten
síntomas compatibles con la COVID-19 o hayan tenido contacto estrecho con un
caso sospechoso o confirmado.
Se recomienda establecer espacios abiertos para hablar sobre la pandemia, donde se
anime a expresar las dudas, temores y toda clase de emociones y sentimientos que
se vayan suscitando. Este espacio de acogida y comprensión fomenta la confianza
y seguridad, al mismo tiempo que disminuye los niveles de estrés. Con esto, no solo
atendemos la salud emocional, sino que, como que se disminuyen el estrés y los
miedos, actuamos contra la posible aparición de comportamientos
estigmatizadores.

Todas las personas que desarrollen su actividad en la dirección de las actividades o de
monitoras deberán aportar una declaración responsable en la que manifiesten conocer
este protocolo y se comprometen a cumplirlo. Cada entidad promotora de la actividad
quedará obligada a recopilarlas y custodiarlas.

B. REQUISITOS PARA EL ACCESO AL CENTRO
La familia o representantes legales del niño, niña o joven y las personas mayores de edad
deberán firmar un compromiso, antes del inicio de las actividades de la entidad de ocio y
tiempo libre, de acudir sin síntomas al centro o agrupamiento (anexo 1).
No pueden acceder a las actividades de la entidad las y los participantes y el personal
encargado de la animación y apoyo si:

Presentan síntomas compatibles con la COVID-19.

Están en situación de aislamiento por haber dado positivo para la COVID-19.

Están a la espera del resultado de una PDIA.

Están en cuarentena domiciliaria para ser contacto estrecho de alguna persona
diagnosticada de COVID-19.

Se considera que una persona presenta sintomatología compatible con la infección por
SARS-CoV-2 cuando presenta una infección respiratoria aguda de aparición repentina
con fiebre (temperatura superior a 37,5 °C), tos y/o sensación de falta de aire. En algunos
casos también puede haber disminución del gusto y del olfato, escalofríos, dolor de
garganta, dolores musculares, dolor de cabeza, debilidad general, diarrea y vómitos (estos son
los síntomas que actualmente define el Ministerio de Sanidad, pero se pueden someter a
cambios).

No se debe acudir al centro o agrupación hasta que el profesional sanitario de
referencia confirme la ausencia de riesgo tanto para la persona como para el resto
de personas

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Personas que presentan condiciones especiales de salud.
Las personas que presentan condiciones de salud que los hagan más vulnerables a la
COVID-19 (como, por ejemplo, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades
pulmonares crónicas, cáncer, inmunodepresión, hipertensión arterial, o embarazadas)
pueden acudir a la actividad, siempre que su condición clínica esté controlada y así lo
permita, y mantengan las medidas de protección rigurosas, excepto que tenga la
indicación médica de no asistir.

C. MEDIDAS ORGANIZATIVAS GENERALES EN EL CENTRO O ESPACIO
FÍSICO DONDE TENGA LUGAR LA ACTIVIDAD PARA EL
MANTENIMIENTO DE LA DISTANCIA INTERPERSONAL

De manera general, se deberá mantener una distancia interpersonal de al menos
1,5 metros
Las entidades deberán promover que las reuniones de coordinación y organización de
la actividad que sean posibles se realicen de manera telemática.
Se deberá fomentar, con el fin de limitar los contactos, el transporte activo
(desplazamiento a pie o en bicicleta) a la actividad. Para hacerlo, hay que
promocionar, en colaboración con los ayuntamientos, rutas seguras y facilitar
aparcamientos de bicicletas.

Hay que señalar lo más visible posible toda la normativa que hay que seguir para
el desarrollo de la actividad.

C1. Entradas y salidas en el centro o recinto de actividad

Siempre que sea posible, hay que establecer zonas de entrada y salida
diferenciadas en el recinto de actividad. Además, se deberán programar
las entradas y las salidas escalonadas para evitar aglomeraciones.
Para los y las menores acompañados de familiares puede tener interés
práctico señalar una distancia a 2 metros o más del acceso al recinto, desde
donde poder dejar los niños y las niñas porque accedan de manera
autónoma. Si hace falta, se deberán organizar colas con señalización de la
distancia interpersonal recomendada.

C2. Desplazamientos por el centro o recinto de actividad

El tráfico de personas por el interior del centro o recinto se deberá hacer
de manera ordenada y habrá que mantener la distancia de seguridad. Se
recomienda señalar los circuitos y las direcciones de desplazamiento.

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C3. Coordinación y organización de la actividad

La dirección de los centros o agrupaciones tiene que designar una persona
responsable para los aspectos relacionados con COVID (Responsable
COVID-19 en el centro o agrupación) que tiene que estar familiarizada
con todos los documentos relacionados con actividades de ocio educativo
y educación no formal y COVID-19 vigentes. Esta persona actúa como
interlocutora con los servicios sanitarios a requerimiento del centro salud
pública correspondiente o por iniciativa propia cuando tenga que consultar
algún asunto y tiene que conocer los mecanismos de comunicación eficaz
que establece este documento en el apartado de: Gestión de sospecha y de
casos COVID-19 en las actividades de ocio educativo y educación no
formal.

Se realizará un control de asistencia con el objetivo de facilitar la
trazabilidad en caso de posibles contagios.
En caso de necesitarlo, las personas organizadoras o monitoras de la
actividad podrán hacer reuniones presenciales para organizarla,
manteniendo la distancia mínima interpersonal de 1,5 m, usando la
mascarilla, lavándose las manos con frecuencia, y cumpliendo los criterios
vigentes en materia de aforo del espacio de reunión.

C4. Reorganización de los espacios y los grupos.

Los grupos que reciban formación deberán tener un máximo de 25
personas participantes más 1 persona docente.
Los grupos que realicen actividades deberán tener un máximo de 25
personas participantes más cuidadores.

Todas las actividades dispondrán de una persona que coordinará todo lo
previsto en el presente protocolo. En caso contrario y cuando el número de
participantes fuera menor, una de las personas monitoras asumirá esta
responsabilidad.
Todas las personas de 6 años o más tendrán que llevar mascarilla en todo
momento.

Los grupos deberán evitar la interacción con otros grupos del centro o
agrupación y limitar al máximo el número de contactos.
El aforo máximo de los espacios cerrados será el establecido en la
normativa vigente en cada momento, siempre que se pueda mantener la
distancia de seguridad interpersonal de 1,5 m.
Se recomienda priorizar, siempre que sea posible, el uso de los espacios al
aire libre para la realización de la actividad.

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C5. Interacciones con personas externas a la entidad.

Se deberá reducir el número de visitas de personas externas al centro o
recinto de actividad, excepto las que son estrictamente imprescindibles.
En caso necesario, hay que facilitar que la acción pueda desarrollarse de
manera telemática. Se deberán evitar gestos de afecto o cortesía social con
niñas, niños y personas jóvenes, que suponen contacto físico, incluso darse
la mano.

Si una persona participando, con una necesidad específica de apoyo,
dispone de una persona asistente personal reconocida por la Conselleria
de Igualdad y Políticas Inclusivas, o recibe la colaboración de personal de
la Fundación ONCE o de otra fundación o asociación externa a la entidad,
este personal solo deberá tener contacto directo con quien asiste, utilizar
mascarilla higiénica y mantener con el resto la distancia mínima
interpersonal de 1,5 metros.
Cualquier persona que de apoyo a la organización y desarrollo de la
actividad tendrá consideración de monitor o monitora, por lo que tendrá
que cumplir con todas las medidas de protección y prevención
contempladas en este protocolo.

C6. Uso de mascarillas.
El centro tiene que disponer de mascarillas quirúrgicas para utilizar en el supuesto
de que alguien inicie síntomas, mientras se activa el aislamiento de este/a y la
aplicación del protocolo de gestión de casos. Además, dispondrá de mascarillas
higiénicas para las personas monitorizas y, en caso de necesidad, para el alumnado
(olvido, deterioro u otras contingencias) y mascarillas FFP2 sin válvula para
contingencias en el espacio COVID-19.

D. MEDIDAS ORGANIZATIVAS PARA ACTIVIDADES, CAMPAMENTOS Y
SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE TRANSPORTE Y COMEDOR

De manera general, se deberán mantener las medidas de protección y prevención
siguientes:
D1. Grupos de convivencia estable (GCE) en los campamentos.

La situación generada por la crisis sanitaria derivada de la COVID-19 hace
que sea necesario establecer un modelo organizativo singular de
confección de grupos de personas participantes en los campamentos a
consecuencia de adaptarlos a las medidas de protección, prevención y
promoción de la salud frente a la COVID-19. Este modelo organizativo
será el de constituir grupos de convivencia estable (GCE), dado que es la

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opción que mejor puede garantizar la trazabilidad y la gestión de los casos
de contagios que se puedan producir y, a la vez, permite que las actividades
se puedan desarrollar de acuerdo con los principios pedagógicos con que
están organizadas.
Las personas que forman parte de los grupos de convivencia estable (GCE)
pueden socializar y jugar entre ellas sin tener que mantener la distancia
interpersonal de manera estricta. Aun así, se recomienda que, si hay
actividades que permitan mantener la distancia de 1,5 m, se mantenga.
Los GCE también deberán tener un máximo de 26 personas participantes
distribuidas de la manera siguiente: dos subgrupos de 11 personas,
acompañados cada uno de ellos por 1 monitor más otra persona en
prácticas.

Todas las actividades dispondrán de una persona que coordinará todo lo
previsto en el presente protocolo. En caso contrario y cuando el número de
participantes fuera menor, una de las personas monitoras asumirá esta
responsabilidad.
Estos GCE deberán evitar la interacción con otros grupos sin distancia de
1,5 m y limitar al máximo el número de contactos.
En las actividades que llevan a cabo las entidades que supongan la mezcla
de participantes de diferentes grupos de convivencia estable, hay que
garantizar la distancia mínima interpersonal de al menos 1,5 m.

D2. Transporte.

Es obligatorio el uso de mascarilla a partir de los 6 años, sin perjuicio de
las exenciones que determina el ordenamiento jurídico. Se recomienda que
los servicios o personas encargadas del transporte, en coordinación con las
entidades juveniles, dispongan de mascarillas para proporcionarlas a las
personas participantes en caso necesario (olvido, deterioro, caída al suelo,
etc.).
Se deberá asignar y organizar la distribución de personas participantes
dentro del transporte y limitar las interacciones físicas, prestando una
atención especial a la habilitación de espacios para personas con
discapacidad. La asignación de asientos se deberá fijar previamente al
viaje y quedará reflejada en un documento por parte las personas
monitoras y mantenerse durante toda la actividad. Las personas
participantes que usen el transporte deberán esperar en las paradas,
mantener la distancia física y en orden para acceder al vehículo en fila y
por la puerta de delante. Se reserva el inicio de la cola a las personas que
ocupen los asientos de atrás. La bajada se deberá hacer en el orden inverso,
sin aglomeraciones y evitando contactos.

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Las personas participantes, antes de subir al vehículo y bajar de él, deberán
desinfectarse las manos con gel hidroalcohólico. Los servicios o personas
encargadas del transporte, en coordinación con las entidades juveniles,
tienen que disponer de gel hidroalcohólico y encargarse de llevar a cabo
las medidas de seguridad, limpieza, ventilación y desinfección del
vehículo, entre turnos o rutas, y seguir la normativa vigente en cuanto al
uso de los productos autorizados por las autoridades sanitarias.
En el supuesto que se haya notificado algún caso de COVID-19 en una
persona usuaria del servicio, se deberán aplicar las medidas de
desinfección, según la normativa vigente.

D3. Comedor y comidas.

Antes de comer, hay que lavarse correctamente las manos con agua y
jabón. Además, se deberá poner a disposición de las personas
participantes dispensadores de gel hidroalcohólico o desinfectante con
actividad viricida autorizado y registrado por el Ministerio de Sanidad, por
si es necesario.
Las personas monitorices deberán recordar, reforzar y supervisar el
mensaje de no compartir alimentos, cubiertos, ni bebidas.
En el comedor y espacios donde comer tiene que haber carteles
informativos sobre las normas a las personas participantes, y recordatorios
de medidas de higiene personal (conducta respiratoria, lavado de manos,
distanciamiento y uso de mascarillas).
En general, se deberá organizar el espacio del comedor y los horarios de
tal manera que se posibilite el cumplimiento de la distancia de al menos
1,5 m entre los grupos.
En la medida de lo posible, hay que marcar y/o señalizar circuitos de
entrada y salida y lugares de espera previos al servicio. Es obligatorio
llevar mascarilla en los circuitos de entrada al comedor y salida de él, o en
los espacios donde se coma.
Se deberán seguir las formas generales de limpieza y desinfección de
centros y espacios de actividad. En cuanto a la ventilación, se deberá
realizar lo mismo que en los otros espacios: antes, después de cada turno
y cuando se acabe. Si la climatología lo permite, las ventanas deberán
permanecer abiertas el máximo tiempo posible.
En cualquier caso, los monitores deberán usar mascarilla con carácter
obligatorio.

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En el caso de campamentos, se deberán asignar lugares fijos durante toda
la estancia y garantizar la estanqueidad de los grupos de convivencia
estable. Cuando en el mismo turno de comedor participe más de un grupo
de convivencia estable deberán mantener una distancia de al menos 1,5 m
entre los grupos. Además, se recomienda que dentro de los grupos de
convivencia estable también se deje el máximo de distancia interpersonal
posible, dado que las personas participantes no llevarán mascarilla durante
la hora de comedor.

También en el caso de campamentos, el tiempo de comedor puede ser una
oportunidad educativa incluida en la formación de las personas
participantes y estas se pueden involucrar en la preparación del espacio
para comida, la asunción de las normas de higiene (uso de delantales,
mascarillas y gorro, lavado de manos y uso de hielo desinfectando) para la
preparación del servicio de comida, el acto alimentario y la recogida
posterior, y las medidas higiénicas posteriores. Todo esto teniendo en cuenta
siempre la estanqueidad de los GCE; es decir, que cada grupo puede participar
únicamente en la preparación de su espacio y comida.

D4. Pernoctación.

En las actividades que suponen pernoctación, como los campamentos, el
aforo de los espacios de dormir estará limitado al 50%.
En caso de uso de tiendas de campaña, podrá pernoctar más de una persona
en una misma tienda siempre que pertenecen al mismo GCE. La situación
de las personas se hará de forma que se mantenga la distancia de seguridad
por la noche.
En cualquier caso, se tendrá en cuenta la organización de los grupos de
convivencia estable para distribuir las personas participantes en los
espacios de dormir.

En los alojamientos que ofrecen habitaciones y servicios colectivos y pernoctan
personas de diferentes grupos de convivencia, el uso de cocinas compartidas u
otros elementos comunes, podrá realizarse de manera sucesiva por grupos de
convivencia estables o grupos de pernocta, debiendo realizarse la limpieza y
desinfección, de acuerdo con la política habitual del establecimiento antes y
después de su uso por el grupo.

D5. Lavabo.

Para los campamentos y otras actividades que suponen el uso de lavabo
y/o vestuarios, se recomienda buscar espacios con muchas zonas de lavabo
para distribuir y separar cuanto más mejor los grupos, o establecer medidas
de limpieza y desinfección después de cada uso.

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Se deberán programar los turnos de ducha y/o vestuario escalonados para
evitar aglomeraciones, teniendo en cuenta los grupos.

D6 Visitas
Se evitarán visitas de personas externas y no se realizarán actividades de puertas
abiertas o días de la familia.

E. MEDIDAS PARA LA LIMPIEZA, LA DESINFECCIÓN Y LA
VENTILACIÓN EN LOS CENTROS

Cada centro o agrupación tiene que disponer de un protocolo de limpieza y desinfección,
donde se indiquen también las personas responsables de cada tarea, adaptado a sus
características y horarios:

o En caso de espacios cerrados, se deberán ventilar a menudo, al menos durante 10- 15
minutos al inicio y al final de la jornada, y durante las pausas y los descansos, y hay
que mantener las ventanas abiertas todo el tiempo que sea posible.

o Cuando, a causa de la temperatura exterior, el ruido o las inclemencias del tiempo no
sea posible mantener las ventanas de las aulas abiertas, estas se abrirán completamente
cada 25-30 minutos durante un periodo de 3-5 minutos cada hora.

o Hay que reforzar la limpieza de los filtros de aire y aumentar la ventilación de los
sistemas de climatización. No se recomienda utilizar ventiladores.

o Hay que arbitrar la limpieza y la desinfección de los centros o recintos de actividad,
al menos, una vez en el día, e intensificar la limpieza, especialmente en los lavabos y
en las superficies que se usan más.

o Para la limpieza y la desinfección, pueden usarse detergentes habituales o lejía de uso
doméstico diluido en agua, y extremarse las medidas de protección del personal
de limpieza a los agentes químicos. Estos virus se inactivan después de pocos
minutos de contacto con desinfectantes comunes como la dilución de lejía acabada
de preparar (concentración de cloro 1 g/L, preparada con dilución 1,50 de una lejía
de concentración 40-50 g/L). Pueden utilizarse los viricidas autorizados.

F. GESTIÓN DE LA SOSPECHA DE CASOS
o La dirección del centro o agrupación deberá designar una persona responsable
COVID-19, que tendrá las funciones de:
Velar por el cumplimiento de las normas establecidas para la protección y la
prevención en lo referente a COVID-19.
La coordinación y la comunicación con el centro de salud de atención primaria

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de referencia, con el centro de salud pública y con las familias de las personas
participantes.
Contactar con la familia o tutor/a legal para comunicar la aparición de
síntomas de sospecha y para que vayan a recoger a las personas participantes.
o Todos los centros o agrupaciones deberán tener habilitado un “espacio COVID- 19”
separado, de uso individual, para posibilitar el aislamiento de cualquier persona que
inicie síntomas compatibles con la COVID-19 y espere ser trasladada y que se informe
a la familia.
o Esta sala o espacio tiene que tener una buena ventilación, procurar que en este espacio
haya el mínimo material posible y que se retiren todos los objetos que puedan
dificultar después una buena limpieza. Todo el material de protección tiene que
disponerse dentro de una caja estanca: mascarillas quirúrgicas para personas
participantes y organizadoras y, por si las participantes no se pueden poner una
mascarilla quirúrgica, mascarillas de protección FFP2 sin válvula, pantallas faciales
y batas desechables. Además, deberá disponer de una papelera con bolsa y con tapa y
pedal.

o Se considera que una persona puede ser caso sospechoso de infección por SARS- CoV-
2, según la definición del Ministerio de Sanidad, cuando aparece sintomatología de

infección respiratoria aguda de aparición repentina que presenta los síntomas siguientes:
Los más comunes incluyen: fiebre (temperatura superior a 37,5 °C), tos y
sensación de falta de aire.
En algunos casos también puede haber disminución del gusto y del olfato,
escalofríos, dolor de garganta, dolores musculares, dolor de cabeza, debilidad
general, diarrea y vómitos.
o En el supuesto de sospecha, para iniciar síntomas en el centro o agrupación, hay que
colocar a la persona una mascarilla quirúrgica, siempre que tenga 6 años o más. La
persona monitora que haya detectado el caso, salvo que sea una persona vulnerable,
se deberá quedar con la persona participante, hasta que un familiar o tutor vaya a
buscarla. Se deberá evitar que otras personas entren en contacto con el caso de
sospecha para evitar posibles contagios.
o Se deberá acompañarla al espacio COVID-19, comunicar a la dirección del centro o
agrupación y contactar con la familia, que tiene que activar el circuito de atención
sanitaria contactando con su centro de salud de atención primaria de referencia y
seguir las instrucciones de este. La marcha de la persona participante se deberá
procurar hacer en un vehículo particular y no en transporte público colectivo.
o El centro o agrupación se deberá poner a disposición de los servicios asistenciales y de
salud pública, para facilitar la información que se requiera para organizar la gestión
adecuada de posibles casos y el estudio y el seguimiento de contactos.

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o Salud Pública será la encargada de la identificación y el seguimiento de los contactos
según el protocolo de vigilancia y control correspondiente.

G. GESTIÓN DE CASOS COVID-19
G1. GESTIÓN DE CASOS EN EL ENTORNO DE OCIO EDUCATIVO
Para poder seguir realizando actividad de educación no formal, es importante lograr el
cumplimiento máximo de los objetivos educativos y pedagógicos. Para lo cual, la entidad
tendrá que ser un entorno de convivencia seguro para todas las personas participantes,
voluntarias y familias, y las medidas más relevantes son la detección temprana de los casos y
el aislamiento de estos y de sus contactos estrechos.

FUNCIONES DEL RESPONSABLE COVID-19 EN EL CENTRO O
AGRUPAMIENTO (DIRECTOR O DIRECTORA DE TIEMPO LIBRE (DAT) O
PERSONA EN QUIEN DELEGUE)
Ante un caso sospechoso:
• Deberá contactar con la familia o los representantes legales de los menores de edad para
comunicar la situación y para que vayan a recoger al niño, niña o joven, preferentemente en
transporte no colectivo.
• Deberá indicar a la familia o representantes legales que se trasladen a su domicilio y
contacten con su centro de atención primaria (figura en la tarjeta SIP), intermediando en la
medida de las posibilidades la app GVA Coronavirus o Cita Coronavirus en la página web
de la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública o el teléfono 961 839 000.
• En situaciones de gravedad (dificultad respiratoria, afectación del estado general por
vómitos o diarrea muy frecuentes, dolor abdominal intenso, confusión, tendencia a
dormirse…), se deberá llamar al teléfono 112 o contactar con el centro de atención primaria
de referencia al cual está adscrito el centro para atender la urgencia y valorar la derivación
en el centro hospitalario.
Ante un caso confirmado:
• Enviará información del caso confirmado y contactos estrechos (anexo 2) informatizada en
el centro de salud pública del departamento correspondiente mediante correo electrónico.
También dará la información adecuada a las familias de los niños, las niñas y jóvenes del
centro o el agrupamiento.

1. Actuación cuando un participante tiene síntomas compatibles con la COVID-19 en el
centro:
El monitor o monitora que haya detectado el caso sospechoso tendrá que comunicar la
situación al responsable COVID-19 del centro o agrupamiento y acompañar el caso
sospechoso al espacio COVID-19 reservado para el aislamiento, en caso de estar en un
local, escuela o espacio cerrado o a un lugar apartado en caso de estar al aire libre, salvo
que sea persona vulnerable o de riesgo. Si es así, el responsable COVID-19 tendrá que

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designar otra persona para llevar a cabo esta tarea hasta que la familia o representantes
legales llegue.
Se deberá colocar al o a la participante una mascarilla quirúrgica cuando tenga más de 6
años y, si es posible, a partir de los 3 años; siempre que no haya contraindicación para
usarla.
La persona que acompañe el caso sospechoso tendrá que llevar el equipo de protección
individual adecuado:
Mascarilla higiénica o quirúrgica, si la persona presenta síntomas en puerta.
Mascarilla FFP2 sin válvula, pantalla facial y bata desechable, si la persona con
síntomas no se puede poner una mascarilla quirúrgica (niños y niñas menores de
6 años, personas con problemas respiratorios, que tengan dificultad para quitarse
la mascarilla por sí suelas o alteraciones de conducta que hagan inviable la
utilización de esta).

En el caso de que la persona con síntomas sea un monitor o monitora presente en la
actividad, tendrá que informar de su situación al coordinador o coordinadora del centro o
agrupamiento y tendrá que dirigirse a su domicilio para proceder al aislamiento, si puede
ser en un vehículo particular y no en transporte público colectivo.
El centro o agrupamiento tendrá que disponer de existencias de este material para la atención de
un caso sospechoso:
En caso de que lo o la participante sea mayor de edad, se deberá dirigir a su domicilio
para proceder al aislamiento y evitar, en la medida de lo posible, el transporte público
colectivo.
La recogida de la o del participante por su familia para aislarlo en su domicilio se deberá
hacer cuanto antes sea posible y en la entrada del centro o agrupamiento, y se deberá
procurar que el transporte se haga en un vehículo particular y no en transporte público
colectivo.
Si el o la participante presenta síntomas de gravedad (dificultad respiratoria, afectación
del estado general por vómitos o diarrea muy frecuentes, dolor abdominal intenso,
confusión, tendencia a dormirse) y se considera necesario, el responsable COVID-19 del
centro o agrupamiento tendrá que llamar al teléfono 112 o contactar con el centro de
atención primaria al que esté adscrito el niño o niña, para atender la urgencia y valorar la
derivación en el centro hospitalario.
2. Actuación cuando un participante empieza a tener síntomas compatibles con la
COVID-19 fuera de la actividad
Cuando la sintomatología se inicie fuera del horario de la actividad, la familia o los representantes
legales o la persona con síntomas deberá contactar con su centro de atención primaria (figura en
la tarjeta SIP) para que se valore la situación y se lleven a cabo las acciones pertinentes,
intermediando en la medida de las posibilidades la app GVA Coronavirus, Cita Coronavirus que
hay en la página web de la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública o por teléfono. En
caso de tener la atención fuera del sistema público, tendrá que contactar con su centro de atención
sanitaria habitual o el servicio de urgencias de referencia.

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En caso de confirmación de COVID-19 positivo, deberá informar al centro o
agrupamiento lo más pronto posible.
3. Actuación ante un caso confirmado de los participantes o de los monitores del centro
o agrupamiento
La persona o los familiares o los representantes legales de un caso confirmado tendrá que
informar al centro o agrupamiento del resultado de prueba positiva, cuanto antes sea
posible, el mismo día en que se les comunique el resultado o a primera hora del día hábil
siguiente. También se facilitará a los profesionales de su centro de atención primaria o a
los responsables de salud pública el contacto del responsable COVID-19 del centro o
agrupamiento.
El o la responsable COVID-19 del centro o agrupamiento tendrá que cumplimentar una
ficha informatizada con los datos del caso confirmado y la relación de sus contactos
estrechos en la actividad (anexo 2) y lo tendrá que trasladar al centro de salud pública del
departamento de salud correspondiente por los medios habilitados (correo electrónico)
para hacerlo. Para velar por lo que establece la normativa sobre protección de datos, se ha
establecido un nuevo procedimiento para la cumplimentación de la ficha que será enviado

a las direcciones de los centros o agrupamientos para trasladar-la al responsable COVID-
19 del centro.

El responsable COVID-19 del centro o agrupamiento, tendrá que comunicar a la
responsable de la entidad el número de casos confirmados tanto de participantes como de
cualquier otra persona que esté en contacto con el agrupamiento o centro de forma directa
(monitoras y monitores, familias…).
Si se produce la confirmación de un caso fuera del horario de la actividad, la familia del
niño, niño o joven o la persona mayor de edad tendrá que telefonear al responsable
COVID-19 del centro tan pronto como se pueda para la recogida de datos de los contactos
estrechos. El responsable COVID-19 del centro o agrupamiento tendrá que proporcionar
la lista de contactos estrechos.
G2. ACTUACIÓN DEL SISTEMA SANITARIO EN EL MANEJO DE CASOS Y CONTACTOS
El equipo sanitario tendrá que valorar el caso sospechoso y decidir la conveniencia de hacer una
PDIA con la máxima prioridad. Una vez identificado el caso como sospechoso, se le indicará
aislamiento domiciliario y de sus convivientes domiciliarios hasta conocer el resultado de la
PDIA. Mientras se espera el resultado, no está indicada la cuarentena de los contactos que formen
el grupo de convivencia estable ni otros contactos.
Ante un CASO CONFIRMADO, se deberán llevar a cabo las actuaciones siguientes:
El equipo COVID de su centro de atención primaria
Deberá informar a la persona con resultado positivo y sus convivientes domiciliarios de la
obligatoriedad de aislamiento al domicilio y facilitarles las pautas que hay que seguir. se deberá
encargar del seguimiento clínico del caso hasta el alta. Deberá elaborar el censo de contactos
convivientes y sociales para hacerlos el seguimiento.

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Si el caso tiene la atención fuera del sistema sanitario público (mutualistas), el profesional
sanitario de la entidad mutualista habitual realizará estas actuaciones.
El caso, o sus padres/madres/tutores
Deberá informar inmediatamente al responsable COVID en el centro o agrupamiento.
El responsable COVID-19 del centro o agrupamiento
Deberá realizar el censo de contactos de las participando en todo el ámbito educativo de la
actividad programada y enviar la ficha correspondiente al centro de salud pública (anexo 2) por
los medios habilitados para realizarlo (correo electrónico).
Deberá canalizar la coordinación con el centro de atención primaria de referencia, con el centro
de salud pública y con las familias de las participantes del agrupamiento o centro.
El Centro de Salud Pública
– Verificará la cumplimentación adecuada de la información del anexo 2 enviada por la
persona responsable COVID-19 del centro educativo.
– Completará el estudio de contactos estrechos del entorno educativo (anexo 2).
– Establecerá las medidas preventivas oportunas y las comunicará en el centro educativo.
– Realizará la encuesta epidemiológica.
– Actuaciones de vigilancia epidemiológica:
Cuando haya uno o más casos confirmados en un centro educativo sin ser brote,
el Centro de Salud Pública del departamento de salud en que esté el centro o
agrupamiento, contactará con el responsable COVID-19, que le facilitará la
información necesaria para organizar la gestión adecuada de casos y el estudio y
seguimiento de los contactos, así como para establecer las medidas de prevención
y control necesarias en caso de brote o ante casos en grupos de convivencia
estable. Realizará la encuesta epidemiológica y completará el estudio de contactos
estrechos.
En caso de brote (3 o más casos con vínculo epidemiológico) lo comunicará a la
Comisión de Salud Comunitaria del departamento y facilitará la información
necesaria tanto al centro o agrupamiento como a las familias a través de nota
informatizada (anexo 3) indicando las medidas de aislamiento y/o cuarentena.

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G3. MANEJO DE LOS CONTACTOS DEL CASO CONFIRMADO
En función de los resultados del estudio de casos dirigido por Salud Pública, esta puede decidir
ampliar la estrategia de busca activa de contactos estrechos más allá de los grupos en que se hayan
detectado casos.
Contactos fuera del centro o agrupamiento
Los convivientes domiciliarios de un caso sospechoso deberán quedarse en casa hasta
conocer el resultado de la PDIA del caso. Si el resultado es negativo, finalizará el periodo
de cuarentena. Si se confirma la infección del caso, se harán cuando corresponda las
pruebas diagnósticas indicadas por los profesionales sanitarios según el protocolo vigente.
Los demás contactos estrechos no convivientes solo deberán iniciar la cuarentena una vez
se confirme el caso. Cuando proceda, se harán las pruebas diagnósticas indicadas por los
profesionales sanitarios según el protocolo vigente.
Contactos en el centro

La cuarentena de los contactos estrechos en el ámbito de la actividad (tanto participantes
como monitoras y monitores) se deberá realizar solo después de la confirmación del caso.
No está indicada la cuarentena de las personas que integran el grupo de convivencia
estable del caso sospechoso hasta que se confirme. No está indicada la cuarentena de los
GVE ni de los convivientes domiciliarios de los contactos estrechos de un caso.
Salud Pública tendrá que establecer, en su caso, la indicación y el momento adecuado para
la realización de PDIA de los contactos. No deberán acudir en su centro sanitario para
solicitar pruebas hasta que Salud Pública se lo indique.
Durante la cuarentena, la madre, el padre o los tutores legales de las niñas, niños y jóvenes
deberán vigilar la aparición de síntomas compatibles con la COVID-19 en su hijo o hija
y si se presentan:
o Deberán contactar con el centro de atención primaria o solicitar una cita mediante

la app GVA Coronavirus o la web: http://coronavirusautotest.san.gva.es/cita-
coronavirus-registro-va.html

o Avisar al responsable COVID del centro, que se deberá coordinar con el centro de
salud pública.

Un resultado negativo de las pruebas durante la cuarentena de un contacto estrecho no exime de
la responsabilidad de mantenerla hasta que no lo indiquen los profesionales sanitarios.

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G4. RETORNO AL CENTRO
La niñas, niños y jóvenes, así como las monitoras y monitores, se podrá incorporar en el centro
cuando se haya cumplido el periodo de aislamiento o cuarentena indicado por el protocolo
sanitario vigente. En ningún momento será necesario un certificado médico para la
reincorporación al centro o agrupamiento.
G5. MANEJO DE BROTES
Se describen, a continuación, a modo orientativo, los elementos de decisión para establecer por
salud pública cuarentenas a los contactos o, si es necesario, cierres parciales o totales de los
centros.

En cualquier caso, será el centro de salud pública de referencia el que determino los niños,
niñas y jóvenes que tendrá que estar en cuarentena.

1. Brote en un grupo dentro del agrupamiento o centro (3 o más casos confirmados con
vínculo epidemiológico entre ellos en un único GCE o grupo no organizado como GCE). Se
deberán indicar actuaciones de control específicas mediante la implementación de las medidas de
control habituales:
Aislamiento domiciliario de los casos.
Identificación y cuarentena de los contactos del GCE o los contactos estrechos de los
grupos no organizados como GCE.
Si los casos pertenecen a un GCE: suspensión de la actividad presencial hasta
transcurridos 10 días desde el inicio de la cuarentena de los contactos.
Si los casos pertenecen a un grupo que no esté organizado como GCE: mantenimiento de
la actividad para los niños, niñas y jóvenes no clasificados como contactos estrechos o, en
función de la evaluación del riesgo, se indicará la cuarentena de todo el grupo.
La actividad continuará de manera habitual extremando las medidas de prevención e higiene en
todas las actividades, con excepción del GCE afectado.
2. Brotes en varios grupos sin vínculo epidemiológico (brotes en diferentes GCE o grupos u
organizados como GCE sin vínculo epidemiológico entre ellos). Se deberán indicar actuaciones
de control específicas para cada uno de los brotes mediante la implementación de las medidas de
control habituales:
Aislamiento domiciliario de los casos.
Identificación y cuarentena de los miembros de cada GCE o los contactos estrechos de
cada grupo no organizado como GCE.
Si los casos pertenecen a un GCE: suspensión de la actividad presencial de cada GCE
hasta transcurridos 10 días desde el inicio de la cuarentena.

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Si los casos pertenecen a grupos que no están organizados como GCE: mantenimiento de
la actividad para los participantes no clasificados como contactos estrechos en cada uno
de los grupos no organizados como GCE o, en función de la evaluación del riesgo, se
indicará la cuarentena de toda la clase.
La actividad presencial continuará de manera habitual extremando las medidas de prevención e
higiene, en todos los grupos con excepción de los grupos afectados.
3. Brotes en varios agrupamientos con vínculo epidemiológico: detección de brotes en varios
GCE o agrupamientos no organizados como GCE con cierto grado de transmisión entre varios
agrupamientos independientemente de la manera de introducción del virus en el centro escolar.
Aislamiento domiciliario de los casos.
Identificación y cuarentena de los miembros de cada GCE o los contactos estrechos de
cada agrupamiento no organizado como GCE.
Se deberá estudiar la relación entre los casos y, si se demuestra la existencia de un vínculo
epidemiológico y no se han podido mantener las medidas de prevención e higiene, habrá
que valorar la adopción de medidas adicionales, como la extensión de la cuarentena y la
suspensión de la actividad presencial otros agrupamientos hasta transcurridos 10 días
desde el inicio de la cuarentena o el tiempo que se indique en función de la evolución de
los brotes.
En cualquier caso, el centro de salud pública de referencia deberá ser quien determine los grupos
de alumnado que deberán estar en cuarentena.
La actividad continuará de manera habitual extremando las medidas de prevención e higiene en
todos los grupos con excepción de los afectados.
4. Brotes en el contexto de una transmisión no controlada: Si se considera que hay una
transmisión no controlada en el centro con un número más alto del que se esperaba para el
segmento de edad en un territorio específico, los servicios de salud pública deberán hacer una
evaluación de riesgo para considerar la necesidad de escalar las medidas, y valorar en última
instancia el cierre temporal del centro.
Aislamiento domiciliario de los casos.
En una situación de transmisión no controlada, después de una evaluación de la situación
epidemiológica, habrá que escalar las medidas de control y se podrá llegar a determinar
el cierre temporal del centro.
Inicialmente, el cierre del centro sería durante 10 días, aunque la duración de este periodo
podría variar en función de la situación epidemiológica, de la aparición de nuevos casos
que desarrollen síntomas y del nivel de transmisión que se detecte en el centro.
La reapertura del centro tendrá lugar cuando la situación esté controlada y no suponga un
riesgo para nadie.

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COORDINACIÓN SANIDAD-IVAJ
El IVAJ y la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública se encargan de la coordinación
entre las dos consellerías, como labor de la Comisión de Seguimiento COVID-19 de las entidades
de la Comunidad Valenciana.
La coordinación departamental de seguimiento y control de la COVID-19 en centros recae en la
Comisión de Salud Comunitaria Departamental formada por responsables departamentales de
Asistencia Sanitaria y de Salud Pública, así como un representante de la Administración local
miembro del consejo de salud. Se pueden incorporar, a criterio y petición de la comisión,
representantes, profesionales y/o agentes vinculados a centros, laboratorios, equipos de atención
primaria y profesionales de Salud Pública del departamento.
Para facilitar la comunicación, la dirección de cada centro tendrá que disponer de un teléfono y
de un correo de contacto directo de su centro referente, y también de un teléfono y de un correo
electrónico de los responsables de Salud Pública departamentales (anexo 2).
Se recomienda, así mismo, que el centro tenga establecido un canal de comunicación efectivo
para llegar a todas las familias del centro de manera ágil. En el caso de detectar que la información
no es compresa o que hay una percepción del riesgo inadecuada, se deberán realizar nuevas
comunicaciones para conseguir que la comunidad tenga la información necesaria para la
implementación efectiva de las medidas y evitar informaciones erróneas o estigmatizantes.

En Valencia, a fecha de firma electrónica
Secretaria Autonómica de Salud Pública
y del Sistema Sanitario Público